Autor: Antonio Tejeda Encinas
Entiendo que como mínimo hay dos debates, no uno sólo, el primero haría referencia a la posibilidad legal de ejercitar el derecho de huelga y el segundo a la reivindicación de más medios, más prácticos, más seguros y más tecnológicamente fiables.
Al margen podemos dejar otros dos debates, uno: si el colapso está en gran medida producido por ellos mismos en la demora de sus resoluciones; dos: si bien el aumento considerable de casos es debido a la multitud de expedientes. Ya que por suerte el pueblo reconoce y entiende, pues su formación ha aumentado, y demanda más soluciones jurídicas que hace cuarenta años eran impensables. Pero, ¿habrá que aumentar las costas judiciales para que frene el ansia resolutoria jurídica al que de por sí no tiene medios para litigar y que vería entorpecido su derecho al mismo por no contar con medios económicos suficientes, aunque si legalmente aceptables, de tal surte que no tiene derecho a la justicia gratuita?
No me parece un lujo que unos trabajadores inicien un ciclo de protestas o huelga para defender los derechos que constitucionalmente les asisten. Cosa distinta es que los políticos del legislativo o los miembros del ejecutivo decidieran hacer lo mismo, ¿bajo qué amparo jurídico? Pero el hecho de que un poder del Estado “que tiene a su cargo a unos funcionarios” no puedan hacer lo propio no se sostiene legalmente. Seguramente si eligiéramos democráticamente a dichos jueces, pero no al estilo americano, sino mediante un sistema que de verdad diera con la tecla democrática, podríamos exigirles que no se plantaran delante de su patrón. ¡vaya el ejecutivo!
Lo que sí me parece cavernario es que no haya mecanismos legales más eficaces para que los jueces apliquen la ley y dicten sentencias según la misma y no sus creencias políticas o religiosas, sean del signo que sea, y en los plazos procesales que marcan las leyes .
En cuanto a la parte económica, que de paso se pide, “por lo que pueda caer” como ahora incentivamos a todos los funcionarios para que además de pagarles por asistir a sus puestos de trabajo ¡es decir, por ser funcionarios! también se lleven unos euritos extras trabajando…así se supera el absentismo, como ya se ha hecho en bastantes administraciones, incluso la nuestra regional y no veas cómo se ha superado, en más de un 90 %, (no lo digo por la regional) pero lo que no sé si la productividad también ha aumentado. ¡Obviamente lo dudo!
En definitiva, Los militares no pueden hacer huelga por ser una institución armada, al igual que los guardia civiles. Aunque estos empiezan a estar en otro estadio y con un poquito más de tiempo estarán en otra situación más acorde con la Constitución, no sin antes estar en el limbo del olvido durante alguna legislatura más. Pero los jueces sí pueden ¡o no! pero no está legalmente clara dicha posibilidad? Hipocresía de nuestro caduco sistema democrático.
Publicado en: Extremadura al Día